Ya parece estar claro: sucesivas sentencias han establecido cuáles son los gastos que los bancos deben soportar en la constitución de una hipoteca para la vivienda habitual
¿Qué y cuánto se puede reclamar?
Los gastos aparejados a la constitución de hipotecas suscritas con anterioridad al 19 de junio de 2019:
- Gastos de notaría: el banco debe soportar el 50% de los gastos de la escritura del préstamo hipotecario.
- Gastos de registro: el banco debe soportar el 100%.
- Gastos de gestoría: el banco debe soportar el 100%.
- Gastos de tasación: el banco debe soportar el 100%.
- AJD: igualmente, puede reclamarse para préstamos hipotecarios posteriores al 10 de noviembre de 2018.
- Intereses legales desde que se realizaron los pagos anteriores.
¿Hasta cuándo se puede reclamar?
- Para hipotecas anteriores al 21 de enero de 2016, el plazo para formular la reclamación finalizaría el 21 de enero de 2021, que entendemos extensible hasta el 13 de abril de 2021 por la suspensión de los plazos de prescripción y caducidad de acciones y derechos durante el estado de alarma.
- Para las posteriores al 21 de enero de 2016,el plazo para reclamar es de 5 años desde la fecha del otorgamiento de la escritura de préstamo hipotecario.
¿Cuál es el procedimiento para reclamar?
El primer paso es plantear una reclamación extrajudicial ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad bancaria correspondiente. Transcurrido un mes sin que la entidad haya dado respuesta o de ser ésta insatisfactoria para el consumidor, podría acudirse a la vía judicial.
Además de lo anterior, es importante recordar que nuestro Alto Tribunal ha declarado abusivas otras tantas cláusulas de los préstamos hipotecarios en resoluciones como la Sentencia 265/2015, de 22 de abril o la Sentencia 566/2019, de 25 de octubre de 2019, entre otras, al amparo de las cuales, puede reclamarse igualmente la nulidad de tales cláusulas: intereses abusivos de demora, resolución anticipada por la entidad de crédito, comisión por reclamación de posiciones deudoras, comisión de apertura (en determinados supuestos), entre otras.
Licenciada en Derecho y en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de Deusto (2014)
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Licenciado en Derecho por la Universidad de Deusto, especialidad económica (1996)