El Juzgado de lo Mercantil número 3 acuerda la suspensión cautelar del límite de los honorarios de los agentes de futbolistas impuesto por la FIFA

El Socio de LAFFER ABOGADOS, Rodrigo Garcia, lidera el procedimiento legal.
En un procedimiento cuya acción ante los Juzgados de lo Mercantil ha sido dirigida y coordinada por Rodrigo García Lucas, socio de Derecho Deportivo de Laffer Abogados, el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid ha estimado la demanda de medidas cautelares solicitada por la Asociación de Española de Agentes de Futbolistas (AEAF) y por un amplio colectivo integrado por algunas de las agencias de futbolistas más importantes del país, frente al nuevo Reglamento de Agentes de Fútbol de FIFA (FFAR) y los límites que dicho Reglamento impone al cobro de honorarios por parte de los agentes.
Esta decisión se fundamenta en la consideración de que dicha limitación podría ser contraria al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y la Ley de Defensa de la Competencia (LDC).  El Auto del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, de fecha 2 de noviembre de 2023, establece que la FIFA debe abstenerse de aplicar los artículos 15.1 y 15.2 del nuevo Reglamento, debiendo respetar el statu quo previo al mismo en lo relativo a la ausencia de limitaciones de los honorarios de los agentes.
Asimismo, se ordena a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) abstenerse de transponer a su propia reglamentación los artículos 15.1 y 15.2 del Reglamento, debiendo respetar el statu quo previo al mismo, en lo relativo a la ausencia de limitaciones de los honorarios de los agentes.
Lo anterior supone que ni la FIFA ni la RFEF podrán aplicar las limitaciones a los honorarios de los agentes en aquellas transacciones vinculadas al mercado español, como ya sucediera recientemente en Alemania, tras haber estimado un Tribunal de Dortmund la demanda de medidas cautelares promovida por un grupo de agentes de Alemania.
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