Así lo ha confirmado el Tribunal Supremo: en aquellos supuestos de extinción del contrato de alta dirección por desistimiento del empresario, el directivo tiene el derecho a percibir una indemnización mínima obligatoria de 7 días de salario por año de trabajo, con el límite de 6 mensualidades; además, esa cuantía está exenta del IRPF.
Esta sentencia mantiene la opinión expuesta en la sentencia 1528/2019, de 5 de noviembre, donde, cambiando su criterio anterior, reconocía ambas cuestiones: el derecho a percibir tal indemnización y su exención del IRPF.
Graduado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas, por la Universidad de Oviedo (2018)
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